viernes, 7 de octubre de 2022

7 OCTUBRE

 






Categoría: NO DEBEMOS OLVIDAR

 

 

7 de octubre de 1980

42º ANIVERSARIO

 

ETA asesinaba a tiros en la localidad guipuzcoana de Éibar-GUIPUZCOA-PAÍS VASCO-ESPAÑA al

 

estanquero 

CARLOS GARCÍA FERNÁNDEZ


La víctima había recibido muchas amenazas de la banda asesina, y algunas de ellas se habían materializado, pues hasta en dos ocasiones le quemaron su coche y en julio de 1977 le prendieron fuego al estanco causándole cuantiosas pérdidas.

El nombre de Carlos García figuraba en esas listas que el entorno de la banda elaboraba y hacía circular en los años setenta y ochenta sobre supuestos colaboradores de la Policía.

La banda, que además de asesinar es especialista en elaborar comunicados de reivindicación plagados de mentiras, hizo lo propio en este caso, señalando que Carlos García, a pesar de las amenazas e intimidaciones de las que fue objeto, no había sabido "aprovechar la oportunidad que se le brindaba de abandonar Euskadi sur, y nos hemos visto en la obligación de ejecutarlo".

Pues bien: independientemente de que Carlos García fuese o no fuese un colaborador de la Policía, algo que en cualquier sociedad sana sería considerado normal, además de un deber ciudadano -informar a las fuerzas del orden si se tiene conocimiento de un delito- es absolutamente falso que la víctima no hubiese hecho caso a las amenazas de ETA y su entorno. Carlos, su mujer y sus hijos ya habían decidido irse a la localidad de Arnedo (La Rioja), habían vendido sus propiedades y traspasado el estanco que regentaba desde hacía diecisiete años.

El traslado era cuestión de días, y ese 7 de octubre de 1980, Carlos y su esposa, Cristina Flores Martínez, acudieron al estanco para explicar el funcionamiento del negocio a la mujer que se había quedado con el establecimiento.

Quedaban quince minutos para las ocho cuando dos terroristas a cara descubierta entraron en el estanco y, sin mediar palabra, uno de ellos le disparó varias veces, causándole la muerte en el acto ante la mirada atónita de su mujer y la nueva responsable del negocio.

Los disparos, hechos a muy corta distancia, le alcanzaron en el pecho y en la cabeza, afectándole órganos vitales.

La Policía recogió posteriormente dos casquillos de bala del calibre 9 milímetros parabellum.

En 1981 la Audiencia Nacional condenó a

 

   Jesús María Retolaza Loidi

 

   Apolinar Bilbao Inzunza

 

Por  suministrar a ETA la información sobre Carlos García que provocó su asesinato. Condenados por complicidad en el crimen, Retolaza fue sentenciado a 13 años de reclusión menor, y Bilbao Inzunza a 12.

 

Durante el juicio, los dos procesados negaron pertenecer a ETA.

 

Retolaza negó haber informado sobre el estanquero y Bilbao reconoció solamente haber comprobado en 1978 unos datos sobre sus costumbres.

 

En la prueba testifical, Francisco Martín Robles y Fermín Ancizar Tellechea, acusados de ser miembros liberados de ETA, declararon haber oído a Juan Oyarbide Aramburu, alias Txiribita (fallecido en un enfrentamiento con la Guardia Civil en septiembre de 1989), y a Pedro Picabea Ugalde, alias Kepa, que estaban vigilando al estanquero de Éibar para transmitir la información a Juan Lorenzo Lasa Mitxelena, Txikierdi, que estaba en Francia.

 

Antes de regentar el estanco y puesto de venta de prensa, había trabajado en la empresa Orbea, donde ocupó el puesto de enlace sindical.

 

A las 17:45 del

7 de octubre de 1988

34º ANIVERSARIO

 

ETA asesinaba en Bilbao-PAÍS VASCO-ESPAÑA al

 

vendedor ambulante

RAMÓN BAÑUELOS ECHEVARRÍA 




Mediante  un potente artefacto explosivo adherido a los bajos de su vehículo.

La explosión, que fue brutal y seccionó el cuerpo de Ramón en varios trozos, afectó también a una furgoneta de su propiedad a la que acababan de subirse su mujer y sus hijos.

La deflagración se produjo cuando Ramón accionó la llave de contacto del vehículo, que se encontraba estacionado frente al domicilio de la víctima, en el barrio de Churdinaga de Bilbao.

Según testigos presenciales, vecinos de la víctima, ésta se dedicaba a la venta de ajos, pero era muy conocida en Churdinaga por su relación con el tráfico de drogas.

Desde el Gobierno Civil informaron que Ramón Bañuelos había salido recientemente de la cárcel de Basauri, donde había estado unos meses en prisión preventiva por sus problemas con el tráfico de estupefacientes.

No obstante, el entonces gobernador civil de Vizcaya, Daniel Vega, declaró tras el funeral en la Iglesia de los santos Justo y Pastor de Bilbao que la víctima estaba asistida "por el derecho a la presunción de inocencia", por lo que merecía "la misma consideración que cualquier otro ciudadano mientras los tribunales no establezcan lo contrario".

Y añadió, en referencia a ETA y sus "nobles" campañas: "Ellos son los jefes, los fiscales y se toman la justicia por su mano".

La banda terrorista ETA tardó bastante tiempo en reivindicar el asesinato de Ramón Bañuelos, pues hasta el 14 de diciembre no leyó un comunicado a varios medios de comunicación en el que asumía la autoría y señalaba que Bañuelos fue "ejecutado por colaborar con la Policía y pos sus vinculaciones con el tráfico de drogas".

 

La campaña contra los Bañuelos no acabó con el asesinato de Ramón.

 

Y en enero de 1991, dos mujeres de la misma familia, María García Bañuelos y su hija, Laura Manzanares García, fueron heridas de gravedad mediante una bomba adosada a los bajos de la furgoneta que ocupaban.

 

Al día siguiente, otra bomba en la misma calle acabó con la vida de Isidro Jiménez Dual -que fallecería dos días después, el 11 de enero- perteneciente a otro clan al que ETA acusaba de dedicarse al narcotráfico.

 

En el edificio del barrio donde residían varios miembros de la familia Bañuelos, una pintada anónima resumía el pensamiento de ETA sobre el tema: "Amonal o metralleta, traficante a la cuneta" (El País, 19/01/1991).

 

Al día siguiente del asesinato de Isidro, ETA intentó matar a José Ignacio Lago San Juan, de 20 años, con la misma excusa del tráfico de drogas.

 

Sin embargo, ni la Policía ni los vecinos relacionaron a José Ignacio (que perdió un brazo y una pierna a consecuencia del atentado) con estas actividades delictivas.

 

En 1994 la Audiencia Nacional condenó al terrorista

 

   Fernando del Olmo Vega como autor de un delito de asesinato a 30 años de reclusión mayor.

 

En 1997 fue condenado a la misma pena y por el mismo motivo

 

   José Luis Martín Carmona.

 

Finalmente, en junio de 2006 fue condenado

 

   Juan Carlos Iglesias Chouzas, alias Gadafi, a 40 años de prisión por el asesinato de Ramón Bañuelos.

 

Según el relato de hechos probados de la sentencia, Gadafi, junto con otros integrantes del grupo Vizcaya de ETA, realizó seguimientos a Ramón Bañuelos y entregó un artefacto explosivo a Fernando del Olmo Vega y José Luis Martín Carmona para que lo colocasen en los bajos de su vehículo.

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